El organismo competente (Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Órganos Judiciales, etc.), envía al Área de Seguridad de Correos, mediante escrito o correo electrónico (seguridad@correos.com) la solicitud para realizar una actuación policial, en la que, de forma directa o indirecta, resulta afectado algún servicio prestado en las Oficinas de la red.
Si la Oficina recibe una solicitud de colaboración directamente del organismo la enviará al Área de Seguridad, informando de ello al Órgano Solicitante.
El Jefe del Área de Seguridad de Correos, genera un registro de la actuación, en el que quedan informados los siguientes aspectos:
El Jefe del Área de Seguridad traslada al Director de la Zona, en la que esté ubicada la Oficina en la que se ha efectuar la colaboración solicitada, toda la información anteriormente detallada, con copia de la misma al Coordinador de Seguridad de dicha Zona.
El Coordinador de Seguridad de la Zona trasladará al Director de la Oficina implicada la información detallada anteriormente.
Esta última comunicación, por razones de confidencialidad, se realizará por teléfono, o de manera personal en el caso que sea factible, absteniéndose de realizarla por otro conducto (correo electrónico, oficio, o cualquier otro medio alternativo).
El Director de la Oficina esperará la llegada del responsable de la actuación policial solicitada, con quien consensuará la mejor opción para llevar a cabo la actuación requerida, en función de las características estructurales de la Oficina, el número de ventanillas de entrega disponibles, el personal postal que pudiera verse afectado y restantes variables a considerar.
A este respecto, las actuaciones de colaboración planificadas entre Correos y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en los que se vean afectados algunos de los procedimientos desarrollados en las Oficinas, deberán llevarse a cabo, atendiendo a los siguientes criterios:
Una vez concluidas las actuaciones, el Director de la Oficina informará, por correo electrónico, al Coordinador de Seguridad de la Zona correspondiente, de todos los extremos relacionados con la actuación, citando siempre el código de actuación que fue otorgado en el momento de recibir la solicitud de colaboración. En este sentido, en dicho correo se incluirá, como mínimo, la siguiente información:
Por su parte, el Coordinador de Seguridad de la Zona remitirá al Jefe del Área de Seguridad copia del e-mail recibido del Director de la Oficina afectada por la colaboración. El Área de Seguridad archivará el mismo, dando por cerrada la colaboración policial/judicial solicitada.
Una vez concluida la colaboración, el Área de Seguridad remitirá por email, tanto a la Red de Oficinas como a la Oficina, una breve reseña con todos los datos referentes a la actuación realizada.
Durante el proceso de desarrollo de la colaboración solicitada, garantizando en todo caso la reserva de las acciones a llevar a cabo, cualquiera de los intervinientes en el mismo podrá ponerse en contacto con el Jefe del Área de Seguridad para resolver las dudas o fijar el criterio definitivo para la consecución de los objetivos pretendidos, con la debida garantía de seguridad para los empleados y clientes de Correos que pudieran verse afectados.